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Miguel Angel Gutiérrez
magjuridico@gmail.com
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La criminología, como ciencia, o
al menos como disciplina propiamente dicha, nace del positivismo para analizar
al criminal, sea como producto biológico o social, si bien sus raíces remotas
pueden rastrearse hasta las antiguas Grecia y China.
Muchas fuentes bibliográficas
coinciden en señalar a filósofos griegos, como Sócrates y Aristóteles, entre
los primeros que distinguieron a la criminología como objeto más o menos independiente
de estudio.
Durante la Edad Media,
filósofos escolásticos como Tomás de
Aquino (siglo XIII) intentaron sentar
las bases de la filosofía del derecho penal, y se realizaron algunos estudios médicos para
investigar crímenes aislados.
Durante
el Renacimiento, Tomás Moro (1478-1535) establece que hay múltiples factores
criminógenos; «La guerra, la ociosidad, los errores de la educación, influyen
en el incremento de los delitos. El Estado debe encaminar sus esfuerzos para
combatir esas causas, pues el delito es justamente tal manifestación. Hay que
acabar con la miseria, impulsar la educación, asegurar la estabilidad social,
es lo que conduce a una vida ideal». Moro explica que los errores del Estado
pueden influir en el incremento de la delincuencia; el delito es producido por
factores económicos, la guerra, el ambiente social y una educación deficiente.
En
Francia, especialmente durante el siglo XVIII, numerosos pensadores hicieron
contribuciones significativas a lo que posteriormente sería la criminología.
Entre éstos cabe mencionar al Barón de Montesquieu (1689-1755), filósofo y
sociólogo francés, uno de los personajes más grandes del pensamiento moderno. Entre
muchas otras, las ideas penales de Montesquieu están sintetizadas en el libro El espíritu de las Leyes (1748). Este
autor propone que «un buen legislador debería esforzarse más en prevenir el
delito que en castigarlo»; además establece las relaciones entre aéreas
geográfico-climáticas, las circunstancias generales y las formas de gobierno
que se producen, sentando diversas hipótesis (es curioso que varios sucesores
de Montesquieu intentaron demostrar que los delitos contra las personas, como
el homicidio, son en cierto punto más frecuentes en climas cálidos; otros
estudios pretendieron relacionar la criminalidad con la presión atmosférica, la
humedad y las temperaturas, &c). Montesquieu distinguió cuatro tipos de
crimines según los delitos y penas propuestas; atentados a la religión, a las
costumbres, a la tranquilidad, a la seguridad.
Durante
el Enciclopedismo, Voltaire (François-Marie Arouet; 1694-1778), escritor,
historiador, filósofo y abogado francés, se ocupó de la problemática penal
penitenciaria y desde 1752 realizó varios escritos en que critica al sistema y
propone algunas reformas interesantes. Fue defensor del principio de la
legalidad, luchó por reformas de las cárceles y por la limitación de la pena de
muerte, poniendo a los reos a realizar labores útiles para la sociedad. Criticó
la tortura como medio de prueba legal y afirmó que la justicia no debe ser muda
como es ciega, debiendo los jueces fundamentar las sentencias. Propuso estudiar
al delincuente, pues la pena debe ser proporcional a su personalidad y tomarse
en cuenta las circunstancias del hecho.
Jean-Jacques
Rousseau (1712-1778) escritor, filósofo, teórico político y social, músico y
botánico francés teorizó sobre la ‘bondad natural’ del hombre que debe pulirse
a través de la educación. Señaló que las desigualdades entre los hombres eran
el origen de todos los males de la sociedad. La desigualdad puede ser de dos
tipos; una física, establecida por la naturaleza debido a las distintas
características humanas (la fuerza, edad, &c) y otra social o política.
También estableció que «En un estado bien organizado existen pocos
delincuentes. La criminalidad es la prueba más clara de que el pacto social está
mal estructurado y de la desorganización del Estado».
Jean-Paul
Marat (1743-1793), científico, médico y revolucionario francés, realizó un plan
de legislación criminal en 1780, donde hace crítica de los sistemas y
procedimientos del siglo XVIII. Se basa en el contrato social de Rousseau, que
propone la necesidad de leyes claras, precisas y comprensibles. Propone, entre
otras cosas, que los pobres deben ser instruidos, que deben implementarse
medidas preventivas del delito, y que las leyes injustas atentan contra la
cohesión social.
El inglés
Jeremy Bentham (1748-1832) fue filósofo, economista y jurista. Creador de la
doctrina del utilitarismo (conjunto de bienes como la riqueza o la salud, entre
otros, que serán necesarios para lograr algo útil en particular y que serán
determinados por la sabiduría y la razón). Bentham fue el primero en utilizar
el término ‘profilaxis criminal’ que se basa en el conocimiento de las causas
de las distintas actividades criminales, cuya finalidad es eliminar —o al menos
limitar— todas las condiciones biopsicológicas y sociales que directa o
indirectamente favorecen el desarrollo de los diferentes fenómenos criminales.
Los
médicos de las prisiones, hasta bien entrado el siglo XIX, tuvieron diversas misiones,
como calificar el estado de salud de un sujeto, la resistencia a la tortura, certificar
muertes, &c. Esta situación a menudo les permitió hacer estudios que resultaron
básicos en la formación de la ciencia criminológica; el punto de partida lo
marca Philippe Pinel (1745-1826) con sus
estudios sobre psicopatología y su desarrollo de tratamientos humanitarios.
La Escuela
Clásica de la criminología surge en el siglo XVIII, con el jurista italiano Cesare
Bonesana, Marqués de Beccaria (1738-1794), literato, filósofo, jurista y
economista italiano. Compendió en su Trattato
de i delitti e delle pene las leyes existentes, intentando encontrar la
igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y evitar una interpretación
desviada por conceptos morales de los jueces. Esta escuela considera
principalmente las definiciones jurídico-formales, sujetas a cuestiones
metodológicas prioritarias, el libre albedrío, la responsabilidad moral,
&c.
Enrico
Ferri y Antonio Rosini son otros precursores de la criminología. Su obra a
menudo se toma como punto de arranque de la escuela clásica, aunque también de
otras corrientes.
Cesare
Lombroso (1835-1909) fue un médico y criminólogo italiano, cuya labor se
inscribe dentro del llamado Positivismo Criminológico, donde algunos también
ubican a Enrico Ferri y Raffaele Garofalo.
Las
teorías de Lombroso partían de la idea de que la criminalidad tenía origen biológico,
lo que se evidenciaba a través de características físicas en un individuo, así
como una consideración innata de la criminalidad dentro de un aspecto
totalmente genético. Es por ello que en ciertos momentos de sus estudios
abogaba por la eliminación de algunos individuos, así como el ‘secuestro’ de
otros por considerarlos incorregibles. Lombroso muestra una clara influencia de algunas ideas de Franz
Joseph Gall, Morel y el biólogo evolucionista Charles Darwin. Lombroso es uno
de los primeros en argumentar que la criminalidad es un hecho atávico, medible,
heredado desde los primeros estadios de la evolución humana, con rasgos físicos
claramente visibles e identificables antropométricamente, como pueden ser los
tamaños y formas anormales del cráneo o de la mandíbula. En su estudio El Hombre Delincuente crea una tipología
del malhechor notoriamente influenciada por los pensadores ya citados.
Como
puede verse, en el siglo XIX se empezaron a aplicar los métodos de observación
científica al crimen, con el fin de determinar sus causas: mientras la escuela
italiana pretende encontrar la causa profunda de la delincuencia en las
anomalías corporales y mentales de los individuos, la escuela franco-belga (con
Durkheim, Guerry, Lacassagne, Quételet, Tarde) denuncia la influencia del medio
social, verdadero caldo de cultivo de la criminalidad; la síntesis de estas
escuelas conducirá posteriormente al desarrollo de la Escuela Positivista.
El término
«criminología» fue probablemente utilizado por primera vez por el antropólogo
francés Paul Topinard, aunque al parecer fue acuñado en 1885 por Rafael Garofalo.
Posteriormente
al desarrollo de la Escuela Positivista surgen diversas escuelas que se enfocan
en distintos tópicos (psicología, sociología, endocrinología, &c); destaca
la Escuela de Chicago, en el siglo XX, que incorpora aspectos sociológicos y de
heterogeneidad cultural, organización social, deterioro físico del medio,
pobreza, &c. Entre los precursores de esta corriente están Adolfo Quetelet,
quien con su ‘estadística moral’ da las pautas para la fundación de la escuela
de sociología criminal; hablaba de la incidencia de determinados delitos en ciertos lugares
geográficos. También destacan en esta escuela Nels Anderson, R.D.
McKenzie, Robert Park, Max Weber, Guerry,
et al.
Procurando
unificar criterios sobre la enseñanza de la criminología, en 1955 se reunieron varios
criminólogos en el Bedford College de Londres (Grassberger, Cornil,
Ribeiro, Sellin, Pinatel, Erra, Mannheim,
Sulhi, Dimitrijevie, López Rey, entre otros), patrocinados por la UNESCO y la
Sociedad Internacional de Criminología. Concluyeron que dentro de la línea
clásica de Enrico Ferri la criminología debe ser una ciencia sintética que se
basa en la antropología y en la sociología criminales, dando nacimiento a la Escuela
General o Sintética, que al igual que las demás se propone la disminución de la
criminalidad, no como una abstracción jurídica, sino como una acción humana,
como un hecho natural y social. •
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REFERENCIAS
· Barrita López, Fernando. Manual de criminología. Editorial Porrúa, México, 1996
· Caballero fuentes, César. Pautas de estudio de derecho procesal penal.
Instituto de Ciencias Forenses y Periciales del Estado de Puebla. México, 2010.
· Hernández Pliego, Julio A. Programa de derecho procesal penal. Editorial Porrúa. México, 2011.
· Hernández Pliego, Julio Antonio. El Proceso Penal Mexicano.
Editorial Porrúa, México 2000.
· Montesquieu.
El espíritu de las leyes. Editorial Porrúa,
Colección «Sepan cuántos…». México, 1971.
· Pina, Rafael de. Diccionario de Derecho. Editorial Porrúa.
México, 2005.
· Rodríguez Manzanera, Luis. Criminología. Editorial Porrúa, México.
· Sánchez Sandoval, Augusto. Criminología. Editorial Porrúa, México, 2005
· Universidad de la Sierra, AC. Antología – Criminología.
Licenciatura en Derecho. México, 2007.
· Correa Selamé, Jorge D. «Criminología», en;
http://correalex.blogdiario.com/1141496460/
http://www.monografias.com/trabajos91/introduccion-criminologia/introduccion-criminologia.shtml#ixzz2Kc8m2Rvo
· http://www.oocities.org/cjr212criminologia/escueladechicago.htm
· http://es.wikipedia.org/wiki/Criminolog%C3%ADa
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