miércoles, 17 de marzo de 2010

Teoría del Estado ¿Actualizada?



Una pregunta que surge de la situación de los Estados contemporáneos es si la Teoría del Estado tendría que actualizarse. Algunos autores, como Francisco Paoli, opinan que si, aunque probablemente bastaría con reexaminar los hechos nuevos a la luz de las teorías viejas.

Tomemos como ejemplo lo que menciona el sociólogo alemán Carl Schmitt en su obra El concepto de lo político. Dadas las características de la materia a tratar, el autor prefiere delimitar criterios más que incurrir en definiciones. Ciertamente las definiciones de lo que es «sociedad», «política», que domina el título, e incluso «Estado», tienen límites difusos, sobre todo porque dependen de su gente en muchos otros sentidos aparte del económico. Vale la pena mencionar que este autor (1888-1985) debió tener una vida personal fascinante por las cosas atestiguadas, como el surgimiento y la caída del régimen nazi, el surgimiento y caída de Estados y sus cambios-de-estados, así como el encuentro entre superpotencias, que sin lugar a dudas le proporcionaron esa perspectiva.

Para Carl Schmitt basado a su vez en otros autores, el Estado es el status político de un pueblo organizado dentro de un espacio territorial delimitado. Se deja, empero, abierta la cuestión de qué es esencialmente el Estado —si es una máquina o un organismo, una persona o una institución, una sociedad o una comunidad, una empresa o un colmenar, o hasta una «serie fundamental de procesos»— ya que todas las definiciones e imágenes de sus componentes están sujetas a grandes márgenes de interpretación. Con todo, para Schmitt es claro que esos individuos organizados poseen sus propios intereses (los grupos pueden adquirir connotaciones políticas en la interacción social: una clase, en el sentido marxista, va más allá de un grupo con intereses económicos en común) y que el protego ergo obligo es el cogito ergo sum, o, mejor dicho, constituye el ego sum, del Estado, pues en ello se basa la legitimidad del mismo, cosa en la que coincide con Hobbes. Por otro lado, es insoslayable que el Estado se construye a partir de la pluralidad: si hubiera unidad no habría política.

En el fondo, las definiciones concurrentes a las necesidades de la práctica jurídica buscan tan sólo un asidero para delimitar los fenómenos en el interior de un Estado y en su práctica jurídica. Por ello les es suficiente establecer su relación con el Estado o con lo estatal, siempre y cuando el Estado y las instituciones estatales puedan ser supuestas como algo obvio y firme. El «imperio de la ley» no significa más que la legitimación de un status quo determinado en cuyo sostenimiento naturalmente tienen interés todos aquellos cuyo poder político o cuyas ventajas económicas se estabilizan en ese Derecho.

La existencia de intereses dentro de un Estado que representa eventualmente el surgimiento de grupos implica la aparición de fuerzas polarizadas, que tarde o temprano caen en cierto grado de antagonismo o tensión.

La manifestación más importante de tensión entre fuerzas políticas se da a través de la amistad-enemistad, o sea, su diferenciación de categorías específicamente políticas. Este es el concepto central de la teoría de Schmitt, que había sido delineado por Maquiavelo siglos antes:


El hombre no es malo por naturaleza. Pero (…) tiene una irresistible inclinación a deslizarse de la apetencia a la maldad si no encuentra algo que se le oponga: animalidad, impulsos, afectos, son el núcleo de la naturaleza humana, sobre todo el amor y el miedo.


Maquiavelo es inagotable en sus observaciones psicológicas sobre el juego de los afectos. De este rasgo básico de la naturaleza humana deriva él la ley fundamental de toda vida política.

La diferenciación entre amigos y enemigos adquiere matices y grados muy diversos. No se trata de cuestiones personales o ideológicas, sino más bien de posiciones en una relación, que pueden incluso implicar la muerte o la aniquilación moral de los no-amigos, y por ello mismo la importancia de la invención o clarificación del Estado de quién es quién constituye uno de los pilares del mismo: tómese como ejemplo la constitución el Estado francés antes y después de la Revolución Francesa. En síntesis, lo político es una relación de tensiones entre dos Órdenes, es decir, fuerzas potencial o francamente en conflicto. Curiosamente, empero, todas las imprecisiones de la categoría amigo-enemigo se explican por el hecho de que se las confunde con toda clase de abstracciones o normas.

El Estado debe estudiarse con enfoque histórico: no se puede pronunciar ninguna palabra significativa sobre cultura o historia sin tomar conciencia de la propia situación cultural e histórica, especialmente porque el Estado está sujeto a fuerzas dinámicas y su centralidad de intereses varía conforme a los de la sociedad.

La parte europea (o europeizada) de la humanidad ha vivido hasta hace poco en una época cuyos conceptos jurídicos habían sido formados completamente desde el Estado y que lo habían tomado como modelo de unidad política. La época de lo estatal está ahora llegando a su fin, junto con su monopolio de lo político, tanto por factores internos como externos, como los «revolucionarios profesionales» que han cambiado su estructura, o el surgimiento de formas nuevas de conflicto como la Guerra Fría, que no solamente han modificado radicalmente el concepto sino que han convertido a la paz en algo muy confuso. Vale señalar, por otro lado, que la crisis económica es quizá el factor más relevante en el retroceso del Estado como tal.

Schmitt es bastante claro en el sentido de que, más que proponer una Teoría del Estado, pretende plantear ideas/observaciones aisladas que muevan a la reflexión y a nuevos estudios.

Probablemente uno de las conclusiones del estudio de la Teoría del Estado es que la negación de lo político, si bien conduce a una praxis de desconfianza frente a todos los poderes y formas de Estado, jamás alcanza un cauce propio y positivo.




magjuridico@gmail.com




REFERENCIAS


· Paoli, Francisco. Teoría del Estado. UNAM/ Trillas. México, 2010.

· Schmitt, Carl. El concepto de lo político. Texto de 1932, traducido de la edición de 1963 por Dénes Martos

· http://www.laeditorialvirtual.com.ar/Pages/CarlSchmitt/CarlSchmitt_ElConceptoDeLoPolitico.htm#TOC12

No hay comentarios: