lunes, 8 de abril de 2013

Modelo de Escrito de Ofrecimiento de Pruebas en Materia Penal





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Miguel Angel Gutiérrez
magjuridico@gmail.com
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En el presente caso, un juez federal mexicano dictó, en la causa penal 145/3005, auto de formal prisión en contra de Mariana Pérez López, por su probable responsabilidad en la comisión de delito contra la salud en las modalidades de venta y posesión con fines de comercio, ilícito previsto y sancionado por los artículos 194 y 195 del Código Penal Federal, ordenando la apertura del procedimiento ordinario.

De la versión de los dos policías ministeriales aprehensores, que coinciden con las de un testigo, se desprende que el 5 de abril del año en curso, siendo aproximadamente las 20:30 horas, la procesada se encontraba en la esquina que forman las calles de Capulín y Durazno, en la colonia Las Peritas de la delegación Xochimilco, cuando un sujeto del sexo masculino, de aproximadamente 30 años de edad, se le acercó e intercambiaron algunos objetos, guardándose la procesada el que recibió en la bolsa izquierda del pantalón que, al ser interceptados ambos sujetos por los elementos policíacos aprehensores, se les efectuó una revisión de rutina, encontrándole a quien dijo llamarse Mariana Pérez López, en la bolsa izquierda del pantalón, dos billetes de cincuenta pesos y, en la bolsa de la chamarra azul de mezclilla que vestía, 53 pequeños paquetes de papel blanco que contenían un polvo blanco que, de acuerdo con el dictamen pericial resultó ser cocaína, con un peso aproximado de 250 gramos. Al otro sujeto se le encontró, en la mano derecha, un paquete de las mismas características y dijo que Mariana Pérez López se lo había vendido.

La versión de la procesada es que el día y la hora de los hechos, al estar en la banqueta frente a su domicilio ubicado en el lugar señalado en autos, fumando marihuana, a la que es adicta, llegaron dos policías a pedirle dinero; como no les quiso dar, se la llevaron detenida sin que se percatara de que alguien más estuviera presente en el momento de los hechos.


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Causa penal: 145/3005
Procesada: Mariana Pérez López
Delito: Contra la salud
en las modalidades de venta y
 posesión con fines de comercio




Juez (Nº) de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal



Miguel Angel Gutiérrez, en mi carácter de defensor particular de la procesada Mariana Pérez López, personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos de la presente causa penal, ante Usted, con el debido respeto, comparezco para exponer:

Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134, 168, 180, 206 y demás relativos aplicables del Código Federal de Procedimientos Penales, en este acto ofrezco por parte de mis defensa las siguientes:


P R U E B A S

1.- La DECLARACIÓN EN VÍA DE AMPLIACIÓN del agente de policía remitente de nombre (policía 1), elemento a quien solicito sea mandado citar a través de su superior jerárquico, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 82 del Código Federal de Procedimientos Penales.

2.- La DECLARACIÓN EN VÍA DE AMPLIACIÓN del agente de policía remitente de nombre (policía 2), elemento a quien solicito sea mandado citar a través de su superior jerárquico, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 82 del Código Federal de Procedimientos Penales.

3.- La DECLARACIÓN EN VÍA DE AMPLIACIÓN del presunto testigo de nombre (Nombre), quien tiene su domicilio en Gabriel Mancera número 134 Colonia del Valle, Código Postal 33400, en esta Ciudad de México, Distrito Federal, a quien ruego se cite por los medios legales a rendir su declaración, con el debido apercibimiento y previa protesta legal, para el día y hora fijados que tenga lugar la audiencia de pruebas.

4.- El CAREO CONSTITUCIONAL del agente de policía (Policía 1) con mi defendida Mariana Pérez López, solicitando que el mismo se practique en la misma fecha que se señale para que dicho denunciante rinda su ampliación de declaración y en preparación de dicha probanza solicito a su Señoría sea mandado a citar por los medios legales conducentes a dicha persona, con el debido apercibimiento de ley.

5.- El CAREO CONSTITUCIONAL del agente de policía (Policía 2) con mi defendida Mariana Pérez López, solicitando que el mismo se practique en la misma fecha que se señale para que dicho denunciante rinda su ampliación de declaración y en preparación de dicha probanza solicito a su Señoría sea mandado a citar por los medios legales conducentes a dicha persona, con el debido apercibimiento de ley.

6.- El CAREO CONSTITUCIONAL del presunto testigo, de nombre (Nombre), con mi defendida Mariana Pérez López, solicitando que el mismo se practique en la misma fecha que se señale para que dicho denunciante rinda su ampliación de declaración y en preparación de dicha probanza solicito a su Señoría sea mandado a citar por los medios legales conducentes a dicha persona, debiéndosele apercibir en términos de los artículos 42 y 44 del Código Federal de Procedimientos Penales, con arresto hasta por treinta y seis horas para el caso de que sin justa causa deje de comparecer al Juzgado el día y hora señalado para la celebración de la Audiencia de Ley.

7.- La TESTIMONIAL a cargo del presunto testigo, de nombre (Nombre), con objeto de que aclare las circunstancias en que se desarrollaron los hechos que se le imputan a la ahora la procesada Mariana Pérez López. Esta testimonial de desahogará conforme al interrogatorio anexo al presente escrito.

8.- La DECLARACIÓN EN VÍA DE AMPLIACIÓN de la procesada Mariana Pérez López.

9.- La DECLARACIÓN del testigo de descargo de nombre (Nombre), mismo que esta parte se compromete a presentar ante este Juzgado el día y hora que se sirva señalar para la celebración de la Audiencia de Ley.

10.- La DECLARACIÓN de la testigo de descargo de nombre (Nombre), misma que ésta parte se compromete a presentar ante este Juzgado el día y hora que se sirva señalar para la celebración de la Audiencia de Ley.

11.- La INSPECCIÓN que deberá llevar a cabo su Señoría en el lugar en donde los denunciantes y el testigo de cargo señalan sucedieron los hechos delictuosos, es decir, la esquina que forman las calles de Capulín y Durazno, en la colonia Las Peritas de la delegación Xochimilco, con la cual se podrá determinar que resultan imposibles los hechos que se le imputan, pues tomando en consideración la inspección ministerial y los resultados que se obtengan en ella su Señoría podrá tener la plena convicción de que no sucedieron los hechos que se nos imputan. Deberá  concurrirse a dicha diligencia en términos de lo dispuesto por los artículos 208 al 211 y 214 al 219 del Código Federal de Procedimientos Penales, una vez que se haya llevado al cabo la ampliación de declaración del denunciante y de los testigos de cargo, debiendo además su Señoría, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 208 del Código Federal de Procedimientos Penales, citar a los testigos de cargo para que comparezcan a dicha diligencia, apercibiéndolos en términos del artículo 42 del citado ordenamiento con arresto hasta por treinta y seis horas en caso de no-comparecencia.

12.- La RECONSTRUCCIÓN DE HECHOS que deberá llevar a cabo su Señoría en el lugar en donde el denunciante y los testigos de cargo señalan que presuntamente sucedieron los hechos delictuosos, es decir, la esquina que forman las calles de Capulín y Durazno, en la colonia Las Peritas de la delegación Xochimilco, con arreglo a los artículos 215 al 219 del Código Federal de Procedimientos Penales, con la cual se podrá determinar que resultan imposibles los hechos que se imputan.

13.- La INSTRUMENTAL PÚBLICA DE ACTUACIONES en todo lo que favorezca a mi defendida.

14.- La PRESUNCIONAL en su doble aspecto, tanto de legal como de humana, en todo aquello que beneficie a mi defendida.


Por lo anteriormente expuesto, A USTED, CIUDADANO JUEZ, atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Tenerme por presentado en términos del presente escrito, ofreciendo las probanzas que en beneficio de mi defendida competen y solicitando que las mismas sean desahogadas en la fecha señalada para la celebración de la Audiencia de Ley.

PROTESTO LO NECESARIO

Miguel Angel Gutiérrez (Firma)

México, Distrito Federal, a (Fecha)


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Imagen: «Small hieroglyphics», por Olivia de Berardnis